La crisis económica mundial que llegó a Europa en 2009, hizo que muchas empresas cerraran por problemas financieros, ocasionando que millones de personas fueran a paro. La inestabilidad laboral que generó esta crisis trajo como consecuencia, que los despidos, formen parte de la cotidianidad en la vida laboral de los españoles. Con estas condiciones económicas, muchos empresarios debieron decidir unilateralmente rescindir los contratos de trabajo de todos o de una gran cantidad de sus trabajadores.
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El despido
El despido es la terminación del contrato de trabajo realizada por la empresa, por diversas razones que deberán tener un sustento legal. Aunque las causas de un despido estén justificadas es importante que sean válidas de acuerdo al Estatuto de los Trabajadores.
Tipos de despido
De acuerdo con las causas que sustenten el despido, este puede ser catalogado de diferentes formas:
- Despido objetivo, que es el que se realiza por causas técnicas, económicas, organizativas o de producción.
- Despido disciplinario, que es el que se realiza por una falta grave, que es responsabilidad del trabajador.
- Despido procedente, es aquel donde las causas argumentadas por la empresa son válidas y están ajustadas a derecho, por lo que el despido cumple con los requisitos legales.
- Despido improcedente, es aquel donde las causas argumentadas por la empresa no son válidas, ni están ajustadas a derecho, por lo que el despido incumple con los requisitos legales.
- Despido colectivo, es un despido objetivo que afecta a una gran cantidad de trabajadores y amerita una carta de despido para cada trabajador individualmente.
Una vez que todas las pruebas sean recogidas, hay que enviarlas a la empresa con un listado de los documentos que se adjuntan, para que sea firmado como recibido. De esta manera, la empresa se verá en la obligación de emitir la necesaria carta de despido.
¿Qué hacer ante un despido?
Todo empleado que sea despedido, debe saber cómo actuar y conocer todos los trámites administrativos que deben cumplirse, de parte y parte. El trabajador también debe conocer las indemnizaciones a las que haya lugar, de acuerdo con el contrato de trabajo y el tipo de despido.
Recibir la carta de despido
Para realizar un despido, las empresas están obligadas a notificarlo por escrito al trabajador que quedará cesante. Dicha notificación, debe hacerse mediante una carta de despido que debe contener la siguiente información:
- Causa del despido.
- Razones del despido.
- Fecha del despido, a partir de la cual será efectivo.
- El finiquito, indicando el monto de la liquidación, las cantidades adeudadas por diferentes rubros, como vacaciones u horas extras, además de la indemnización.
Lo recomendable para el trabajador es recibir la carta de despido, firmarla colocando la fecha de recepción y una nota de no conformidad.
Revisar el finiquito
En el finiquito, se indica el monto de la liquidación y las cantidades adeudadas que corresponden a días de vacaciones no disfrutados y a horas extras, así como la indemnización. Es importante revisar el finiquito, pues está compuesto de una serie de cálculos matemáticos necesarios para determinar los montos que nos serán pagados por la rescisión del contrato laboral.
Examinar la indemnización
La indemnización se calcula conforme al tipo de contrato de trabajo y en función de las circunstancias del despido. En consecuencia, es indispensable examinar la indemnización, para verificar que sea la adecuada y esté correcta.
Asistir a un acto conciliatorio
Asistir a un acto conciliatorio en el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) es un requisito preliminar para tramitar la rescisión del contrato laboral. El acto conciliatorio es una tentativa de llegar a un acuerdo entre el empresario y el empleado antes de tomar otras acciones.
Demandar a la empresa
Acatar la sentencia
Como resultado de demandar a la empresa, el Juzgado de lo Social emite una sentencia donde da a conocer si el despido es procedente o improcedente. Si el despido es considerado improcedente, la empresa debe acatar la sentencia e iniciar la readmisión del trabajador, así como el pago de las indemnizaciones a las que haya lugar.
Inscribirse en el paro
Si el despido es considerado procedente, la empresa debe realizar el pago al trabajador de las indemnizaciones que les corresponda. Mientras que el trabajador debe inscribirse en el paro, registrándose en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para contar con apoyo en la búsqueda de otro empleo.
En conclusión
Ante un proceso con tantas aristas, es recomendable contar con profesionales que nos orienten y acompañen en cada paso que demos, así que busca asesoría legal.