Las tarjetas revolving son como esas bolas de nieve que van cuesta abajo: empiezan siendo pequeñas y se van haciendo más y más y más grandes. Hasta que la bola te pasa por encima, económicamente hablando. Mucha gente ni siquiera sabe que tiene una, así que cuando la bola les arrolla les pilla totalmente desprevenidos.
TARJETAS REVOLVING: HAY LUZ AL FINAL DEL TÚNEL (DE LA DEMANDA).
Este tipo de tarjetas se llaman también tarjetas de pago aplazado, porque los gastos que se hacen con ellas se pagan en cómodos plazos. No se permite pagar la deuda de una sola vez a final de mes como en otras tarjetas. Al tener los pagos aplazados empiezan a generarse intereses. Y no precisamente bajos. La bola de nieve comienza a rodar.
Funcionamiento de las tarjetas revolving: un cóctel explosivo para los consumidores.
Se supone que la principal “ventaja” de las tarjetas revolving es que tú decides cuánto quieres pagar en cada cuota, normalmente una cantidad fija. También puede ser un porcentaje de la deuda pendiente.
Pero esto que parece tan buena idea es en realidad un mal negocio para el consumidor. Porque al tratarse de una cuota mensual fija y baja, se paga una gran parte de intereses y se amortiza poco capital, convirtiéndose el usuario en deudor cautivo de una gran deuda.
Así que tenemos una tarjeta de crédito con los pagos aplazados, una cuota fija baja y unos intereses muy altos. ¿Resultado? Que la deuda no se acaba nunca. No sólo no se acaba sino que crece y crece y crece. El motivo, como hemos dicho antes, es que si esa cuota es demasiado baja la devolución mensual no cubre ni siquiera los intereses generados por la deuda. De pagar el principal ya ni hablamos.
Reclamar por la tarjeta revolving
Técnicamente se dice que las “revolving” convierten al cliente en deudor cautivo. Cautivo de cautiverio, porque es muy difícil escapar de esa deuda.
Un negocio redondo para el banco, una deuda axfisiante para el cliente
Pues eso es lo que pasa con las tarjetas revolving. Es un producto muy interesante para las entidades financieras, claro. Así que las han vendido como churros. Se calcula que podría haber decenas de miles de personas afectadas. Y no sólo los bancos u otras entidades financieras, también empresas como Carrefour.
Veamos algunos ejemplos reales:
Pero eso no es todo amigos:
Si por el motivo que sea dejas de pagar las cuotas, es posible que la entidad que te vendió la tarjeta te incluya en un fichero de morosos. Ahí empieza la persecución y las llamaditas poco amigables de las empresas de recobro de estas entidades.
Además, el uso de las revolving puede generar números rojos en tu cuenta corriente. Y entonces te empiezan a cobrar comisiones por tener ese agujero en la cuenta.
Hay luz al final del túnel: reclama.
Si estás en una situación de sobreendeudamiento por una de estas tarjetas o llevas años pagando las cuotas pero tu deuda no acaba nunca, a lo mejor piensas que no hay nada que hacer.
Sin embargo, tengo que decirte que muchas personas en tu misma situación han conseguido salir de esa espiral infernal de cuotas bajas, intereses muy altos y deuda eterna.
Pero tienes que animarte a reclamar: únete a alguna plataforma de personas afectadas o busca un/a abogado/a que sepa lo que hace y plántale cara a la entidad financiera que te vendió la maldita tarjeta.
Primero tendrás que reclamar por vía extrajudicial. Y si la entidad en cuestión no te hace ni caso o te dice que no, tendrás que solicitar la nulidad del contrato por la vía judicial para que te devuelvan la diferencia entre lo que has pagado y lo que has financiado.
Es muy importante que recopiles toda la información que puedas sobre la tarjeta: el contrato, los extractos de los pagos, todos los papeles que tengas relacionados con tu tarjeta revolving.
Si demandas a la entidad que te ha vendido la tarjeta revolving y el juzgado te da la razón pueden pasar dos cosas:
- Si ya has pagado, y has pagado más de lo que te han prestado, se eliminará la deuda pendiente y la entidad tendrá que devolverte lo que hayas pagado de más.
- Si todavía no has pagado lo que te han prestado (no los intereses, lo que has gastado): se eliminarán los intereses pero tendrás que seguir pagando la cuota a abonar.
Sobre los intereses usurarios: qué ha dicho el Tribunal Supremo
En su esperadísima sentencia 149/2020, de 4 de marzo, el Alto Tribunal ha zanjado la cuestión diciendo que todo interés que sea notablemente superior al tipo de interés medio es usurero. Más o menos por encima del 20%.
Ha dicho también que el interés que se tiene que tomar como referencia es la media calculada por el Banco de España para los créditos al consumo de los hogares.
Y ha concluido que se trata de un interés usurario, y por tanto abusivo.
Recomendaciones para negociar su deuda con el banco por las revolving.
Ante la avalancha de demandas y reclamaciones que se les ha venido encima, muchas entidades bancarias están intentando llegar a acuerdos con sus clientes para evitar litigios por las revolving.
Por favor no aceptes la oferta, o mejor aún, no vayas a negociar con el banco sin estar correctamente asesorado. Que te acompañe tu abogada. O por lo menos pide que te den la propuesta por escrito y que alguna experta te la revise antes de firmar.
Hay que comparar lo que te ofrece el banco con las cantidades ya pagadas para conocer si compensa, no vaya a ser que te devuelvan menos dinero del que te corresponde y hayas firmado una cláusula que te impida poder hacer una reclamación judicial posterior.